Cuarta fase en contra del canon en los soportes digitales.
Javier de la Cueva anuncia en Derecho-Internet.org que acaba de dar comienzo la cuarta fase en contra del canon en los soportes digitales.
Las tres fases anteriores han sido las siguientes:
1. El inicio de las acciones legales, donde denunciamos el canon ante el Tribunal de Defensa de la Competencia, ante el Consejo General del Poder Judicial y solicitamos el apoyo institucional del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid y del Consejo General de la Abogacía Española.
2. La fijación de la postura del Ejecutivo, mediante el ejercicio de los derechos de petición realizados ante el Ministerio de Cultura en solicitud de exención del canon en las actas judiciales y en el material escolar.
3. La demanda contra el canon ante los Juzgados ordinarios en reclamación de la devolución del canon.
En estos momentos hay dos tesis legales enfrentadas: la primera tesis (aplaudida por las entidades de gestión) consiste en que el canon debe aplicarse a todo CD y DVD virgen, mientras que la segunda (sentencia de Alcalá de Henares) defiende que las normas deben interpretarse como dice el Código civil, esto es, atendiendo fundamentalmente a su espíritu y no a su literalidad.
Por tanto, ha llegado el momento de iniciar la cuarta fase, esta vez centrada en el acta judicial, para demostrar que la aplicación de la tesis literal lleva a soluciones tan sorprendentes como que cada juicio que se celebra pague canon a las entidades de gestión.
De cada juicio contra el canon que estamos celebrando, hemos solicitado el acta judicial. Tal y como establece la Ley de Enjuiciamiento Civil, compramos un CD virgen y lo adjuntamos al escrito en el que solicitamos la copia del acta. El Juzgado graba el juicio en el CD aportado y se lo entrega al demandante. Esta manera de proceder es la obligatoria que se realiza diariamente en todos los Juzgados.
Con esta copia del acta del juicio y con la factura desglosada de compra del CD (que, por supuesto, paga canon) estamos demandando a las Entidades de Gestión y a los establecimientos ante los Juzgados de lo Mercantil, reclamándoles el importe del canon.
La intención es que las Entidades de Gestión defiendan ante los Juzgados de lo Mercantil que las actas de los juicios tienen canon por aplicación del artículo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual y que ellas tienen derechos sobre todos los juicios que se celebran.
Más información en el artículo publicado en Derecho-Internet.org:
Cuarta fase en contra del canon en los soportes digitales: en defensa del acta judicial.
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